La inversión de Cubanos Residentes en el Exterior en las MIPYMES en Cuba.
El primer aspecto a tener en claro es que ser "Suministrador" de materias primas y productos a Empresas de Cuba no es lo mismo que ser "Inversor" en negocios radicados en Cuba.
Viéndolo desde la burocracia el camino de ser Suministrador es mucho más sencillo y hay miles de ejemplos. En cuanto al interés por ser Inversor es ya un camino posible pero más complejo (debido a la cantidad de trámites y pasos a seguir; sumado a lo dilatado que puede llegar a ser el proceso).
Actualmente los Cubanos Residentes en el Exterior (así como los demás ciudadanos extranjeros) no pueden invertir directamente en las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES).
No obstante si lo pueden hacer de forma indirecta, empleando para ello los mecanismos alternativos reconocidos por la legislación cubana.
Las figuras jurídicas que pueden ser legalmente utilizadas por los Cubanos Residentes en el Exterior (y los demás ciudadanos extranjeros) para invertir en las MIPYMES son las siguientes:
- Creación de una Empresa Mixta (de una parte el Socio Extranjero y de la otra parte la MIPYME).
- Constitución de una AEI: Asociación Económica Internacional (de una parte la Persona Natural o Jurídica Extranjera y de la otra parte la MIPYME).
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